Así, a partir de la entrada en vigor de este convenio, ningún trabajador afectado por el mismo podrá desempeñar labores de periodista contratado en grupos profesionales inferiores al 3, en el que se establecen dos categorías de redactores: la B, aplicada a aquellos profesionales que no tengan experiencia; y la A, para los que puedan demostrar más de dos años de experiencia en la profesión en cualquier empresa.
En cuanto al mínimo salarial garantizado para el sector, a partir de la firma de este Convenio ninguna empresa de este sector podrá pagar salarios por debajo de los establecidos en este texto. En concreto, el salario mínimo garantizado de grupo se establece en 19.696,07 euros anuales para el redactor A y 17.726,463 euros al año para el redactor B. Además, las condiciones económicas pactadas tendrán efectos retroactivos.
Asimismo, este convenio incluye una subida salarial del IPC pasado más el 1,25 por ciento en tres años -el 0,25 por ciento en 2008 y el 0,5 por ciento en 2009 y 2010- y otros avances en materia de igualdad y formación.
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