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19/06/2008 (Actualizado el 21/06/2008)
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| Extraído del "Diaro de un
residente sin descuento" |
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El honor de los políticos
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Juan José
Imbroda pertenece a una raza de políticos en vías de
extinción. Es seguro que algunos jóvenes creen que Imbroda
ha sido siempre el presidente de la ciudad y probable que los más
mayores no recuerden la actividad laboral que aseguraba su subsistencia
porque ya lo hayan olvidado o nunca lo supieron con exactitud. Y es
que parece que la historia de Melilla comienza cuando Imbroda se interesa
por ser su alcalde y, ciertamente, este hecho aconteció hace
tanto tiempo que ahora sólo podría documentarlo un historiógrafo
profesional.
El ejercicio inmemorial de Imbroda
como concejal, diputado y alcalde y sus sucesivos éxitos electorales
lo acreditan como un político brillante. Es posible que muchos
no soporten su personalidad autoritaria, sus decisiones populistas
y su desprecio público hacia los opositores que reiteradamente
aplasta en las elecciones locales. También pudiera ser que
otros consideren que sus actuaciones políticas no se fundamenten
en unos sólidos principios ideológicos personales sino
en un práctico y eficaz oportunismo. Y, finalmente, algunos
pensarán que las proyectadas alteraciones del régimen
estatutario, administrativo y competencial de Melilla no responden
a un determinado modelo de ciudad sino a la aspiración totalitaria
del presidente de concentrar todos los resortes del poder y a su particular
manera de ejercerlo.
Pero también todas estas circunstancias
han permitido que Imbroda se convierta en un político sobresaliente.
Solo él tiene la suficiente seguridad y osadía para
reclamar un reforzamiento judicial de las medidas de protección
del honor de los políticos ante un auditorio integrado por
magistrados (Ver
diario Melilla Hoy) y cuando, precisamente, en los Juzgados
de la ciudad se tramitan algunos procedimientos promovidos en defensa
de su honor.
Sin duda, es un político de
tronío.
Y, como las grandes folclóricas,
un político de rompe y rasga. Con un temperamento vehemente
y excitable, una inevitable tendencia utilitarista, unas indudables
dotes para la improvisación y una prepotencia despiadada, Juan
José Imbroda presenta un perfil caracteriológico evidentemente
reacio a la censura y al análisis crítico.
Por eso es comprensible su necesidad
vital de determinar el sentido de la información política
y contener las opiniones discrepantes a su gestión mediante
el control absoluto de unos medios de comunicación financiados
económicamente por el Ayuntamiento. Y por eso también
es entendible que durante su implacable oposición al presidente
Ignacio Velázquez no postulara una ampliación de los
límites del derecho de honor de los políticos y, sin
embargo, ahora defienda una restricción de la libertad de expresión
e información sobre las materias que afectan a los cargos públicos.
Naturalmente, la protesta de Imbroda
ante los jueces fue interpretada como una salvajada antidemocrática
y una impertinente recomendación. Ningún alcalde o parlamentario
español se hubiera atrevido en un foro jurídico a proponer
la limitación de unas libertades constitucionales para que
puedan prosperar las acciones judiciales promovidas en defensa del
honor de los políticos, salvo, por supuesto, nuestro inteligente
y audaz alcalde y senador, quien, casualmente, sostiene en los Juzgados
melillenses una interminable guerra contra los políticos de
la oposición para garantizar su inmunidad personal.
La magnitud del disparate pronunciado
por Juan José Imbroda sólo puede aprehenderse conociendo
otras opiniones más autorizadas y la doctrina de nuestros tribunales.
El reciente vicesecretario de Comunicación del PP, Esteban
González Pons, considera que los políticos
democráticos tenemos que aceptar lo que se diga bueno y lo
que se diga malo" porque "para eso estamos en el
centro de la arena pública, en nuestro oficio o vocación
está el aceptar que se nos halague pero muchas veces también
que se nos insulte". También cree el diputado valenciano
que "el honor de los políticos debe reducirse lo mínimo
posible para que la crítica política sea posible",
estableciéndose los límites en el respeto de las familias
y de la vida privada (Ver
diario Público).
Si estas palabras son ilustrativas
de los términos exactos en que ha de desenvolverse en un Estado
democrático el conflicto entre la libertad de expresión
e información y el derecho de honor, cuando conozcamos la doctrina
elaborada por el Tribunal Constitucional al respecto descubriremos
el verdadero alcance de la tesis formulada por Imbroda e inspirada
por su inseparable asesor jurídico.
El derecho al honor y las libertades
de expresión e información son bienes constitucionales
cuya constante colisión ha permitido al Tribunal Constitucional
elaborar unos criterios básicos de solución a este irremediable
conflicto:
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a) El objeto de la libertad de expresión es la
formulación de pensamientos, ideas y opiniones y, por tanto,
su legítimo ejercicio es libre, sin censuras y sin cortapisas.
b) Por el contrario, la libertad de información
se refiere a hechos o noticias en las que ha de concurrir dos
presupuestos esenciales: su veracidad y su interés general.
El concepto jurisprudencial de veracidad no se identifica con
una realidad incontrovertible o indiscutiblemente verdadera, sino
que basta con un indicio significativo de probanza compatible
con errores circunstanciales o datos incompletos. Sin embargo,
la transmisión de suposiciones, meras invenciones, insinuaciones
insidiosas, noticias gratuitas o infundadas, o simples rumores
carentes de toda constatación no se reputarán nunca
veraces.
El interés general es una condición común
a ambas libertades y exige que los hechos difundidos o las opiniones
vertidas se refieran a asuntos de interés público
o a personas que desempeñen cargos públicos, posean
notoriedad pública o resulten implicadas en asuntos de
relevancia pública.
c) El ejercicio de tales libertades no ampara la expresión
de frases injuriosas, insultantes o difamatorias, pues,
en ningún caso, aquellas comprenden el derecho a insultar.
d) El concepto y alcance del posible o aparente
insulto debe ser matizado en los casos de polémica, por
razón del contexto y si el sujeto es personaje
de proyección pública. Estas tres circunstancias
permitieron que la sentencia de Tribunal Supremo de 4 de junio
de 2001 no apreciara excepcionalmente una lesión en el
honor de una alcaldesa que fue tachada de "corrupta, subnormal
y mentirosa en un acalorado pleno municipal al considerar
que tales excesos verbales han ido haciéndose habituales
en cierto lenguaje político al que los ciudadanos se han
acostumbrado y al que los propios destinatarios tampoco conceden
especial trascendencia cuando ejercen un cargo público.
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Parece lógico
que, conforme proclama nuestros tribunales, cuando una persona ha
optado libremente por realizar una actividad de proyección
pública la protección del honor disminuya, la de la
intimidad se diluya y la de la imagen se excluya. Y en el ámbito
de la política esta prevalencia de las libertades de expresión
e información es un presupuesto básico para la formación
y existencia de una opinión pública libre, la participación
de los ciudadanos en los asuntos públicos y el funcionamiento
del sistema democrático.
Sin embargo, algo tan radicalmente
obvio en las sociedades democráticas no es compartido por Juan
José Imbroda. Para éste es necesaria una mayor salvaguardia
judicial del honor de los políticos porque, según parece
insinuarse de sus palabras, parte del conocido concepto de la honorabilidad
aparente la que se atribuye sea o no acorde con sus verdaderos
actos- que obligaría a tutelar la reputación que cada
persona tuviera de sí misma. Y la que indudablemente se atribuye
nuestro presidente tiene una dimensión casi divina porque su
solicitud de extremar el amparo de su honor se inspira en las tesis
meritocráticas que vinculan este derecho de la personalidad
al prestigio y posición social de los ciudadanos.
Y el honor de un alcalde-presidente
de Melilla y senador del Reino de España es de carácter
sobrenatural y, como sugiere el anuncio publicitario, no tiene precio.
La indemnización de seiscientos euros que ha de abonarle Mustafa
Aberchán es sólo una broma de mal gusto. |
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